CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION

Este documento estable las condiciones generales de contración entre MULTIBANCA CB con CIF E74224049  (en adelante MULTIBANCA) y las personas físicas que suscriban una relación contractual para la función de intermediación en la concesión de préstamos y créditos (en adelante "LOS CLIENTES"), los cuales quedarán incorporados al mismo.

PRIMERO.- MULTIBANCA se compromete a selceccionar entre los productos que se ofrecen en el mercado, los que mejor se adapten a las necesidades de LOS CLIENTES y en función a las características que éstos informen a MULTIBANCA (perfil de solvencia, patrimonio,...).  MULTIBANCA se compromete siempre que fuese posible a presentar al menos tres ofertas vinculantes de entidades financieras sobre cuyas condiciones económicas MULTIBANCA asesorará al cliente en su beneficio y elección de las condiciones más propicias para su situación personal. Si bien, debido a las condiciones del mercado financiero o a las circunstacias de solvencia o patrimonio de LOS CLIENTES no fuese posible facilitar a este último tres ofertas vinculantes, se informará al cliente de esta situación y el cliente podrá desistir del contrato, o bien aceptar la que se le proponga en los términos indicados en el clausulado del contrato de servicios profecionales.

SEGUNDO.- LOS CLIENTES se comprometen a facilitar a MULTIBANCA la documentación e información veraz necesaria con el fin que las entidades requieran para el estudio y análisis de su operación, no siendo por parte de MULTIBANCA responsabilidad alguna la no concesión de ningún préstamo debido a la falta de presentación de documentanción  o inexactitud en los datos facilitados por parte de LOS CLIENTES para tales efectos. 

TERCERO.- En cuanto a la aplicación de comisión en materia financiera LOS CLIENTES serán informados de los mismos si una vez decido el importe total del crédito (ya que la comisión en materia financiera se aplica en relación porcentual sobre este importe),  entre un minimo de 2 puntos porcentuales hasta un máximo de 5 puntos porcentuales sobre el importe del préstamo concedido. MULTIBANCA establece un mínimo de comisión en materia financiera para todos las operaciones de intermediación que oscilará entre 3.500,00€ (tres mil quinientos euros) y 4.200,00€ (cuatro mil docientos euros), siempre y cuando el cliente finalmente se suscriba a una de la ofertas vinculantes presentadas por MULTIBANCA, minutándose a parte los impuestos y gastos derivados e inherentes a la formalización del préstamo, (tales como impuesto de actos jurídicos documentados, notaría, registro, gestoría, etc). Previo a la aceptación definitiva por parte de las entidades financieras con las que MULTIBANCA gestione la solicitud de préstamo de LOS CLIENTES, estos tendrán que asumir el coste de la tasación oficial de la/s garantías aportadas con un coste estimado entre el 280€ y 600,00€ en función del valor estimado de mercado de sus garantías. Si llegado a este punto de hacer efectivo el ingreso de la tasación LOS CLIENTES decidiciesen declinar los servicios contratados con MULTIBANCA, éstos no tendrán que abonar cantidad alguna a MULTIBANCA, incluso si una vez tasados lo inmuebles LOS CLIENTES tomasen la decisión de declinar los servicios contratados con MULTIBANCA éstos no tendrán que abonar cantidad alguna. En los casos en que puntualmente, y debido a que las condiciones del cliente no le permitiesen abonar el importe de la tasación para continuar con el proceso de aprobación y fuese MULTIBANCA quien en nombre de LOS CLIENTES adelantase el pago de la mismas, éstos adquieren un compromiso, así en los casos en que MULTBICANCA paga la tasación a LOS CLIENTES y estos últimos decidicesen unilateralmente no formalizar la operación, devengarán a MULTIBANCA las tres cuartas partes de la comisión en materia financiera establecida en el contrato de servicios.

CUARTO.- Clausulas legales en materia de Protección de Datos.

QUINTO.- La comisión en matería financiera será satisfecha por parte de LOS CLIENTES en el momento de la firma ante notario, en efectivo o bien autorizando a la entidad bancaria a satisfacer los mismos mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que MULTIBANCA designe para tales efectos.

SEXTO.- El cliente podrá desistir en los siguientes catorce días naturales a la firma del presente documento sin penalización alguna. El cliente reconoce haber tenido información previa de este documento de contratación, el cual se rige por las disposiciones legales que se recogen en la Ley 2/2009, de 31 de Marzo.

SEPTIMO.- Ambas partes se somenten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que MULTIBANCA designe a tal efecto con renuncia al propio fuero, para el ejercicio de las acciones derivadas de este contrato.